+Artículo 7 1

Artículo 7 1

1.   La remuneración total media de todos los miembros del órgano de dirección y de la alta dirección se calculará teniendo en cuenta el total de la remuneración fija y variable de todos los miembros del órgano de dirección en su función de dirección y su función de supervisión, así como de todo el personal que pertenezca a la alta dirección, tal como se define en el artículo 3, apartado 1, punto 9), de la Directiva 2013/36/UE.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito