+Artículo 4 2

Artículo 4 2

2.   Las entidades tendrán en cuenta en sus cálculos los ingresos y los gastos por intereses a lo largo de un año, con independencia del vencimiento y del tratamiento contable de los correspondientes instrumentos de la cartera de inversión que sean sensibles a los tipos de interés.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito