+Artículo 2 2.
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Artículo 2 2.
Si, como consecuencia de la legislación aplicable, en especial la legislación en materia de propiedad o insolvencia, las empresas de inversión no pueden cumplir el apartado 1 del presente artículo para salvaguardar los derechos de los clientes a fin de satisfacer los requisitos del artículo 16, apartados 8 y 9, de la Directiva 2014/65/UE, los Estados miembros establecerán mecanismos que garanticen que los activos de los clientes se salvaguarden en cumplimiento de los objetivos del apartado 1 del presente artículo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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