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+Artículo 5 5. |
Artículo 5 5.Los Estados miembros se asegurarán de que las empresas de inversión no celebren acuerdos que estén prohibidos con arreglo al artículo 16, apartado 10, de la Directiva 2014/65/UE.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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