Una empresa de inversión que preste servicios de ejecución identificará por separado
►C1
los gastos correspondientes a tales servicios, de manera que reflejen únicamente el coste de ejecución de cada operación. La provisión de cualquier otro beneficio o servicio por la misma empresa de inversión a empresas de inversión establecidas en la Unión será objeto de un cargo identificable por separado; el suministro de tales beneficios o servicios, y los gastos correspondientes
◄ , no se verán influidos ni condicionados por los niveles de pago para los servicios de ejecución.