+Artículo 5 6.
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Artículo 5 6.
Si una categoría de contratos de derivados extrabursátiles ya no dispone de una ECC autorizada o reconocida para compensar dichos contratos en virtud del presente Reglamento, dejará de estar sujeta a la obligación de compensación a que se refiere el artículo 3 y será de aplicación el apartado 4 del presente artículo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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