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+Artículo 25sexdecies Modificaciones de los anexos III y IV |
Artículo 25sexdecies Modificaciones de los anexos III y IVArtículo 25 sexdecies Modificaciones de los anexos III y IV A fin de tener en cuenta las modificaciones del artículo 16 y de los títulos IV y V, la Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 82 por los que se garantice que las infracciones contempladas en el anexo III se correspondan con los requisitos establecidos en el artículo 16 y en los títulos IV y V. A fin de tener en cuenta la evolución de la situación de los mercados financieros, la Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 82 en lo referente a las medidas de modificación del ANEXO IV. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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