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+Artículo 33 4. |
Artículo 33 4.Las medidas escritas que se establezcan en aplicación del apartado 1 comprenderán lo siguiente:
a)
las circunstancias que constituyan o puedan dar lugar a conflictos de intereses que entrañen un riesgo importante de menoscabo de los intereses de uno o más de los miembros compensadores o los clientes;
b)
los procedimientos que deberán seguirse y las medidas que deberán adoptarse con objeto de gestionar tal conflicto. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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