+Artículo 61 1.

Artículo 61 1.

La AEVM, mediante simple solicitud o mediante decisión, podrá exigir a los registros de operaciones y a terceros pertinentes con los que dichos registros hayan subcontratado funciones o actividades operativas que le proporcionen cuanta información sea necesaria para desempeñar sus funciones con arreglo al presente Reglamento.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito