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+Artículo 6 2. |
Artículo 6 2.Los asesores financieros incluirán en la información precontractual una descripción de lo siguiente:
a)
de qué modo se integran los riesgos de sostenibilidad en su asesoramiento sobre inversión o seguros, y
b)
el resultado de la evaluación de las posibles repercusiones de los riesgos de sostenibilidad en la rentabilidad de los productos financieros sobre los que asesoran. Cuando los asesores financieros consideren que los riesgos de sostenibilidad no son significativos, las descripciones a que hace referencia el párrafo primero incluirán una explicación clara y concisa de las razones de ello. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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