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+Artículo 4 3. |
Artículo 4 3.La lista contendrá la información siguiente:
a)
los nombres y los identificadores de los instrumentos financieros para los que se haya solicitado la admisión a negociación, o que sean admitidos a negociación o que hayan sido negociados por primera vez en mercados regulados, SMN o SOC;
b)
la fecha y hora en que se solicitó la admisión a negociación, se realizó la admisión a negociación o la primera negociación;
c)
los detalles de los centros de negociación en los que se haya solicitado la admisión a negociación de los instrumentos financieros, hayan sido admitidos a negociación o hayan sido negociados por primera vez, y
d)
la fecha y la hora en que dejen de negociarse o de admitirse a negociación los instrumentos financieros. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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