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+Artículo 8 4. |
Artículo 8 4.El presente artículo se aplicará a cualquier persona que posea información privilegiada por encontrarse en alguno de los supuestos siguientes:
a)
ser miembro de los órganos de administración, gestión o supervisión del emisor o del participante del mercado de derechos de emisión;
b)
participar en el capital del emisor o del participante del mercado de derechos de emisión;
c)
tener acceso a dicha información en el ejercicio de su trabajo, profesión o funciones, o
d)
estar involucrada en actividades delictivas. El presente artículo se aplicará también a toda persona que posea información privilegiada en circunstancias distintas de las mencionadas en el párrafo primero cuando dicha persona sepa o deba saber que se trata de información privilegiada. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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