+Artículo 12 3.

Artículo 12 3.

A los efectos de la aplicación del apartado 1, letras a) y b), y sin perjuicio de las conductas recogidas en el apartado 2, el anexo I define de forma no exhaustiva indicadores de uso de mecanismos ficticios o de cualquier otra forma de engaño o artificio, y asimismo de forma no exhaustiva indicadores de señales falsas o engañosas y de fijación de los precios.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito