+Artículo 17 3.

Artículo 17 3.

Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 35, con objeto de especificar la autoridad competente para las notificaciones contempladas en los apartados 4 y 5 del presente artículo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito