Artículo 18 9.
La AEVM revisará las normas técnicas de ejecución sobre el formato simplificado de las listas de iniciados para emisores admitidos a cotización en mercados de pymes en expansión para ampliar el uso de dicho formato a todas las listas de iniciados a que se refieren el apartado 1 y el apartado 6, párrafos primero y segundo. La AEVM presentará a la Comisión dichos proyectos de normas técnicas de ejecución a más tardar el 5 de septiembre de 2025. Se confieren competencias a la Comisión para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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