+Artículo 25bis 2.

Artículo 25bis 2.

El centro de negociación pertinente establecerá y mantendrá mecanismos, sistemas y procedimientos adecuados para permitir el intercambio continuo y oportuno de los datos de órdenes a más tardar el 5 de junio de 2026.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito