+Artículo 25bis 9.
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Artículo 25bis 9.
La Comisión adoptará actos delegados con arreglo al artículo 35 a fin de modificar los apartados 4 y 7 del presente artículo actualizando los instrumentos financieros y la lista de centros de negociación designados que tengan una dimensión transfronteriza significativa, y modificando el apartado 1, párrafo tercero, para posponer la prórroga del ámbito de aplicación del mecanismo establecido en virtud del apartado 1 a los bonos y los futuros, teniendo en cuenta el informe mencionado en el apartado 8 del presente artículo, la evolución de los mercados financieros y la capacidad de las autoridades competentes para tratar los datos sobre dichos instrumentos financieros.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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