Artículo 39 4.
Antes del
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3 de enero de 2018 ◄ , cualquier referencia que el presente Reglamento haga a la Directiva 2014/65/UE y al Reglamento (UE) n o 600/2014 se entenderá hecha a la Directiva 2004/39/CE con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo IV de la Directiva 2014/65/UE, en la medida en que dicha tabla e correspondencias contenga disposiciones de la Directiva 2004/39/CE. Cualquier referencia del presente Reglamento a los SOC, los mercados de PYME en expansión, los derechos de emisión o los productos subastados basados en ellos, no será aplicable a los SOC, los mercados de PYME en expansión, los derechos de emisión o los productos subastados basados en ellos hasta el
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3 de enero de 2018 ◄ .
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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