+Artículo 27 Procedimiento de comité
---+Artículo 27 1.
---+Artículo 27 2.
---+Article 27 2a.
---+Article 27 2b.
---+Article 27 2c.
---+Artículo 27 3.

Artículo 27 Procedimiento de comité

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 27 1.
La Comisión estará asistida por el Comité europeo de valores, establecido por el artículo 1 de la Decisión 2001/528/CE.
Artículo 27 2.
En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 5 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8, a condición de que las medidas de ejecución adoptadas con arreglo a dicho procedimiento no modifiquen las disposiciones fundamentales de la presente Directiva.

El plazo contemplado en el apartado 6 del artículo 5 de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en tres meses.

Article 27 2a.
The power to adopt the delegated acts referred to in Article 2(3), Article 5(6), Article 9(7), Article 12(8), Article 13(2), Article 14(2), Article 17(4), Article 18(5), Article 19(4), Article 21(4), Article 23(4), Article 23(5) and Article 23(7) shall be conferred on the Commission for a period of 4 years from 4 January 2011. The Commission shall draw up a report in respect of delegated power at the latest 6 months before the end of the four-year period. The delegation of power shall be automatically extended for periods of an identical duration, unless the European Parliament or the Council revokes it in accordance with Article 27a.
Article 27 2b.
As soon as it adopts a delegated act, the Commission shall notify it simultaneously to the European Parliament and to the Council.
Article 27 2c.
The power to adopt delegated acts is conferred on the Commission subject to the conditions laid down in Articles 27a and 27b.
Artículo 27 3.
A más tardar el 31 de diciembre de 2010 y a continuación cada tres años como mínimo, la Comisión revisará las disposiciones relativas a sus competencias de ejecución y presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el funcionamiento de dichas competencias. El informe examinará, en particular, la necesidad de que la Comisión proponga modificaciones destinadas a garantizar una delimitación pertinente de las competencias de ejecución que le han sido atribuidas. La conclusión relativa a la necesidad o no de introducir una modificación se acompañará de una exposición de motivos detallada. En caso necesario, el informe se acompañará de una propuesta legislativa destinada a modificar las disposiciones relativas a la atribución de competencias de ejecución a la Comisión.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito