+Artículo 3 septies 1.
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Artículo 3 septies 1.
Las autoridades competentes informarán a la Comisión de dificultades prácticas considerables en la aplicación de las disposiciones del presente capítulo o del incumplimiento de las disposiciones del presente capítulo por parte de los intermediarios de la Unión o de terceros países.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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