+Artículo 14 3.

Artículo 14 3.

Las autoridades competentes consignarán en el registro público toda revocación de una autorización y toda revocación de una exención en virtud de los artículos 32 o 33.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito