+CAPÍTULO III DISPOSICIONES FINALES
---+Artículo 15 Incorporación al Derecho interno
---+Artículo 16 Entrada en vigor
---+Artículo 17 Destinatarios

CAPÍTULO III DISPOSICIONES FINALES

CAPÍTULO III DISPOSICIONES FINALES

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 15 Incorporación al Derecho interno

Artículo 15

Incorporación al Derecho interno

Los Estados miembros adoptarán las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Directiva a más tardar el 3 de agosto de 2009. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones.

No obstante lo dispuesto en el párrafo primero, aquellos Estados miembros en los que a 1 de julio de 2006 estuvieran vigentes disposiciones nacionales que restringen o prohíben el nombramiento de representantes para el voto por representación en el caso a que se hace referencia en el artículo 10, apartado 3, párrafo segundo, inciso ii), deberán poner en vigor las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas necesarias para cumplir lo dispuesto en el artículo 10, apartado 3, en lo que se refiere a dichas restricciones o prohibiciones a más tardar el 3 de agosto de 2012.

Los Estados miembros comunicarán inmediatamente a la Comisión el número concreto de días fijado de conformidad con el artículo 6, apartado 3, y el artículo 7, apartado 3, así como cualquier modificación posterior, para que esta información sea publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Cuando los Estados miembros adopten las disposiciones a que se refiere el párrafo primero, estas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

Artículo 16 Entrada en vigor

Artículo 16

Entrada en vigor

La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 17 Destinatarios

Artículo 17

Destinatarios

Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito