+Artículo 3 6.

Artículo 3 6.

Los cálculos de la deuda soberana previstos en los apartados 1 a 5 se efectuarán respecto de cada uno de los emisores soberanos, aun cuando haya distintos entes que emitan deuda soberana en nombre del emisor soberano.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito