+Artículo 3 7.

Artículo 3 7.

Se otorgarán a la Comisión poderes para adoptar actos delegados, de conformidad con el artículo 42 que especifiquen:

a) 

los casos en que se considerará que una persona física o jurídica tiene acciones o instrumentos de deuda a los efectos del apartado 2;

b) 

los casos en que una persona física o jurídica mantiene una posición corta neta a los efectos de los apartados 4 y 5, y el método de cálculo de dicha posición;

c) 

el método de cálculo de las posiciones a los efectos de los apartados 3, 4 y 5, cuando diferentes entidades de un grupo mantengan posiciones largas o cortas o cuando se trate de actividades de gestión de fondos relativas a distintos fondos.

A efectos de la letra c) del párrafo primero, el método de cálculo tendrá en cuenta, en particular, si se persiguen diversas estrategias de inversión respecto de un emisor particular por medio de más de un fondo separado gestionado por el mismo gestor de fondos, si se persigue la misma estrategia de inversión respecto de un emisor particular por medio de más de un fondo, y si se gestiona más de una cartera dentro de la misma entidad de forma discrecional con la misma estrategia de inversión respecto de un emisor particular.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito