|
+Artículo 22bis 1. |
Artículo 22bis 1.En el ejercicio de su supervisión permanente de las agencias de calificación crediticia registradas con arreglo al presente Reglamento, la AEVM verificará con regularidad el cumplimiento del artículo 8, apartado 3.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|