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+Artículo 22bis 2. |
Artículo 22bis 2.En el marco de la verificación mencionada en el apartado 1 y sin perjuicio del artículo 23, la AEVM también:
a)
verificará que las agencias de calificación crediticia realizan la simulación retrospectiva;
b)
analizan los resultados de esa simulación retrospectiva, y
c)
verifican que las agencias de calificación crediticia cuentan con procedimientos para tener en cuenta los resultados de la simulación retrospectiva en sus métodos de calificación crediticia. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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