+Artículo 20 4.

Artículo 20 4.

En un plazo de seis semanas a partir de la recepción de la notificación a que se refiere el apartado 2, la AEVM emitirá un dictamen sobre si la evaluación de la autoridad competente se ajusta a los requisitos del apartado 3, y transmitirá a la Comisión dicho dictamen, junto con la evaluación de la autoridad competente.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito