|
+Artículo 48octies 1. |
Artículo 48octies 1.La AEVM impondrá, mediante decisión, multas coercitivas para obligar:
a)
a una persona a poner fin a una infracción, de conformidad con una decisión adoptada en virtud del artículo 48 sexies, apartado 1, letra a);
b)
a las personas contempladas en el artículo 48 ter, apartado 1:
i)
a suministrar de forma completa la información solicitada mediante decisión de conformidad con el artículo 48 ter;
ii)
a someterse a una investigación y, en particular, a presentar de forma completa los registros, datos, procedimientos o cualquier otra documentación que se haya exigido, así como a completar y corregir otra información facilitada en una investigación iniciada mediante decisión adoptada de conformidad con el artículo 48 quater;
iii)
a someterse a una inspección in situ ordenada mediante decisión en virtud del artículo 48 quinquies. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|