+Artículo 48nonies Divulgación, naturaleza, ejecución y afectación de las multas y multas coercitivas
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Artículo 48nonies Divulgación, naturaleza, ejecución y afectación de las multas y multas coercitivas

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 48nonies 1.
La AEVM hará públicas todas las multas y multas coercitivas que se impongan de conformidad con los artículos 48 septies y 48 octies, a menos que dicha divulgación pusiera en grave riesgo los mercados financieros o causara un perjuicio desproporcionado a las partes implicadas. La divulgación no comprenderá los datos personales a efectos del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 20 ).
Artículo 48nonies 2.
Las multas y multas coercitivas impuestas en virtud de los artículos 48 septies y 48 octies serán de carácter administrativo.
Artículo 48nonies 3.
En caso de que la AEVM decida no imponer multas ni multas coercitivas, informará de ello al Parlamento Europeo, al Consejo, a la Comisión y a las autoridades competentes del Estado miembro afectado y expondrá los motivos de su decisión.
Artículo 48nonies 4.
Las multas y multas coercitivas impuestas en virtud de los artículos 48 septies y 48 octies tendrán carácter ejecutivo.

La ejecución forzosa se regirá por las normas de procedimiento vigentes en el Estado miembro o el tercer país en el que se lleve a cabo.

Artículo 48nonies 5.
Los importes de las multas y multas coercitivas se asignarán al presupuesto general de la Unión Europea.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito