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+Artículo 3 7 |
Artículo 3 77. El Reglamento (UE) n.o 596/2014 se aplicará a los instrumentos financieros basados en la TRD admitidos a negociación en un SMN basado en la TRD o en un SNL basado en la TRD. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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