+Artículo 5 6

Artículo 5 6

6.   A petición de un DCV que gestione un SL basado en la TRD, la autoridad competente podrá eximir a dicho DCV del cumplimiento de los artículos 33, 34 o 35 del Reglamento (UE) n.o 909/2014, siempre que el DCV proponga medidas compensatorias para alcanzar los objetivos perseguidos por dichos artículos y garantice, como mínimo, que:

a)

el SL basado en la TRD haga públicos criterios de participación que permitan un acceso abierto y equitativo a todas las personas que se propongan convertirse en participantes, y que dichos criterios sean transparentes, objetivos y no discriminatorios; y

b)

el SL basado en la TRD haga públicos los precios y las comisiones correspondientes a los servicios de liquidación que presta.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito