+Artículo 5 7

Artículo 5 7

7.   A petición de un DCV que gestione un SL basado en la TRD, la autoridad competente podrá eximir a dicho DCV del cumplimiento del artículo 39 del Reglamento (UE) n.o 909/2014, siempre que el DCV proponga medidas compensatorias para alcanzar los objetivos de dicho artículo y garantice, como mínimo, mediante procedimientos y sistemas sólidos, que:

a)

el SL basado en la TRD liquide operaciones con instrumentos financieros basados en la TRD casi en tiempo real o intradía y, en cualquier caso, liquide operaciones no de manera posterior al segundo día hábil tras la celebración de la negociación;

b)

el SL basado en la TRD haga públicas las normas por las que se rige el sistema de liquidación; y

c)

el SL basado en la TRD mitigue cualquier riesgo derivado del no reconocimiento del SL basado en la TRD como un sistema a efectos de la Directiva 98/26/CE, en particular en lo que respecta a los procedimientos de insolvencia.

A efectos de la gestión de un SL basado en la TRD, la definición de DCV del Reglamento (UE) n.o 909/2014 como una persona jurídica que gestiona un sistema de liquidación de valores no dará lugar a que los Estados miembros estén obligados a reconocer y notificar un SL basado en la TRD como sistema de liquidación de valores con arreglo a la Directiva 98/26/CE. No obstante, ello no impedirá a los Estados miembros reconocer y notificar un SL basado en la TRD como sistema de liquidación de valores con arreglo a la Directiva 98/26/CE, cuando el SL basado en la TRD cumpla todos los requisitos de dicha Directiva.

Cuando un SL basado en la TRD no sea reconocido ni notificado como sistema de liquidación de valores con arreglo a la Directiva 98/26/CE, el DCV que gestione dicho SL basado en la TRD propondrá medidas compensatorias para mitigar los riesgos derivados de la insolvencia.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito