+Artículo 7 3

Artículo 7 3

3.   Los organismos rectores de infraestructuras del mercado basadas en la TRD facilitarán en su sitio web a sus miembros, participantes, emisores y clientes información clara e inequívoca sobre cómo llevan a cabo sus funciones, servicios y actividades y sobre cómo su desempeño de dichas funciones, servicios y actividades se diferencia del de un sistema multilateral de negociación o de un sistema de liquidación de valores que no esté basado en la tecnología de registro descentralizado. Esa información incluirá el tipo de tecnología de registro descentralizado utilizado.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito