3. En caso de que, como se contempla en el apartado 2 del presente artículo, una persona jurídica solicite al mismo tiempo una autorización como empresa de servicios de inversión o para gestionar un mercado regulado, y una autorización específica, presentará junto con su solicitud la información exigida con arreglo al artículo 7 de la Directiva 2014/65/UE, salvo aquella información que sea necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos de los que haya solicitado una exención de conformidad con el artículo 4 del presente Reglamento.