+Artículo 9 3

Artículo 9 3

3.   En caso de que, como se contempla en el apartado 2 del presente artículo, una persona jurídica solicite al mismo tiempo una autorización como DCV y una autorización específica, presentará en su solicitud la información indicada en el artículo 17, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 909/2014, salvo aquella información que fuese necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos de los que haya solicitado una exención de conformidad con el artículo 5 del presente Reglamento.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito