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+Artículo 10 1 |
Artículo 10 11. Toda persona jurídica autorizada como empresa de servicios de inversión o autorizada para gestionar un mercado regulado, con arreglo a la Directiva 2014/65/UE, o como DCV con arreglo al Reglamento (UE) n.o 909/2014, podrá solicitar una autorización específica para gestionar un SNL basado en la TRD con arreglo al presente Reglamento. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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