+Artículo 11 2.

Artículo 11 2.

Tanto los fondos de emprendimiento social admisibles gestionados internamente como los gestores externos de fondos de emprendimiento social admisibles dispondrán de un capital inicial de 50 000  EUR.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito