+Artículo 24 2.

Artículo 24 2.

No podrá impedirse que las autoridades competentes de los Estados miembros o la AEVM intercambien información de conformidad con el presente Reglamento u otras disposiciones de la Unión aplicables a los gestores de fondos de emprendimiento social europeos admisibles y a los fondos de emprendimiento social europeos admisibles.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito