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+Artículo 65 5. |
Artículo 65 5.El ordenante podrá solicitar al proveedor de servicios de pago gestor de cuenta que le comunique la identificación del proveedor de servicios de pago y la respuesta facilitada.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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