+Artículo 45 2.

Artículo 45 2.

A efectos del apartado 1, letra a), la empresa deberá implantar procesos proporcionados a la naturaleza, el volumen y la complejidad de los riesgos inherentes a su actividad y que le permitan determinar y evaluar adecuadamente los riesgos a los que se enfrenta a corto y largo plazo y a los que está o podría estar expuesta. La empresa deberá demostrar los métodos utilizados en dicha evaluación.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito