+Artículo 50 2.

Artículo 50 2.

A fin de asegurar la armonización coherente de la presente sección, la AESPJ elaborará, sin perjuicio del artículo 301 ter, proyectos de normas técnicas de regulación para especificar lo siguiente:

a) 

los requisitos establecidos en el artículo 42 y las funciones sujetas a los mismos;

b) 

las condiciones en las que podrá recurrirse a la externalización, en particular con proveedores de servicios situados en terceros países.

Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados relativos a las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) no 1094/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito