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Artículo 178 Legislación aplicableArtículo 178 Legislación aplicable Los Estados miembros que no estén sujetos al Reglamento (CE) no 593/2008 aplicarán las disposiciones de ese Reglamento al objeto de determinar la legislación aplicable a los contratos de seguro comprendidos en el ámbito de aplicación del artículo 7 de dicho Reglamento. 1. Resumen
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3. Estándares relacionados
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