+Artículo 216 5.

Artículo 216 5.

Cuando las autoridades de supervisión decidan aplicar a la empresa matriz última a nivel nacional lo dispuesto en el capítulo II, sección 1, dicha empresa no estará autorizada a solicitar, al amparo de los artículos 236 o 243, autorización para someter a cualquiera de sus filiales a lo dispuesto en los artículos 238 y 239.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito