+Artículo 216 5.
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Artículo 216 5.
Cuando las autoridades de supervisión decidan aplicar a la empresa matriz última a nivel nacional lo dispuesto en el capítulo II, sección 1, dicha empresa no estará autorizada a solicitar, al amparo de los artículos 236 o 243, autorización para someter a cualquiera de sus filiales a lo dispuesto en los artículos 238 y 239.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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