+Artículo 271 4.

Artículo 271 4.

No se aplicarán los apartados 1, 2 y 3 cuando las medidas de saneamiento afecten exclusivamente a los derechos de los accionistas, socios o asalariados de una empresa de seguros como tales, a menos que la legislación aplicable a dichas medidas de saneamiento disponga otra cosa.

Las autoridades competentes determinarán la forma en que deba informarse a las partes a que se refiere el párrafo primero conforme a la legislación aplicable.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito