+Artículo 98 5.

Artículo 98 5.

La ABE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010, examinará periódicamente las normas técnicas de regulación y, si ha lugar, las actualizará a fin de tener en cuenta, entre otros aspectos, las innovaciones y la evolución tecnológica, así como las disposiciones del capítulo II del Reglamento (UE) 2022/2554.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito