+ANEXO II RAMOS DE SEGURO DE VIDA

ANEXO II RAMOS DE SEGURO DE VIDA




ANEXO II

RAMOS DE SEGURO DE VIDA

I. 

Los seguros de vida previstos en el artículo 2, apartado 3, letra a), incisos i), ii) y iii), excepto los incluidos en los puntos II y III.

II. 

El seguro de «nupcialidad», el seguro de «natalidad».

III. 

Los seguros previstos en el artículo 2, apartado 3, letra a), incisos i) y ii), que estén vinculados con fondos de pensión.

IV. 

El permanent health insurance, previsto en el artículo 2, apartado 3, letra a), inciso iv).

V. 

Las operaciones tontinas previstas en el artículo 2, apartado 3, letra b), inciso i).

VI. 

Las operaciones de capitalización previstas en el artículo 2, apartado 3, letra b), inciso ii).

VII. 

Las operaciones de gestión de fondos colectivos de pensiones previstas en el artículo 2, apartado 3, letra b), incisos iii) y iv).

VIII. 

Las operaciones previstas el artículo 2, apartado 3, letra b), inciso v).

IX. 

Las operaciones previstas en el artículo 2, apartado 3, letra c).

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito