+Artículo 11 2.

Artículo 11 2.

Aquel FPE que se proponga llevar a cabo una actividad transfronteriza y aceptar la promoción de una empresa promotora estará sujeto a autorización previa de la autoridad competente que corresponda del Estado miembro de origen.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito