+Artículo 12 9.

Artículo 12 9.

Las autoridades competentes del Estado miembro de origen del FPE transferente comunicarán los resultados de la evaluación mencionada en el apartado 8 en el plazo de ocho semanas a partir de la fecha de recepción de la solicitud mencionada en el apartado 6, con el fin de permitir que las autoridades competentes del Estado miembro de origen del FPE receptor tomen una decisión de conformidad con el apartado 4.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito