+Artículo 17 3.

Artículo 17 3.

Para los seguros complementarios a que se refiere el artículo 2, apartado 3, letra a), inciso iii), de la Directiva 2009/138/CE, el margen de solvencia obligatorio será igual al margen de solvencia obligatorio para el FPE previsto en el artículo 18.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito