+Artículo 31 3.

Artículo 31 3.

La externalización de funciones clave o de cualquier otra actividad no podrá realizarse de tal forma que pueda:

a) 

perjudicar la calidad del sistema de gobernanza del FPE de que se trate;

b) 

aumentar excesivamente el riesgo operativo;

c) 

menoscabar la capacidad de las autoridades competentes para comprobar que el FPE cumple con sus obligaciones;

d) 

socavar el servicio continuo y satisfactorio a los partícipes y beneficiarios.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito